Gestión de Reclamos Comunitarios en Planteles Porcinos Producto de Malos Olores, un Desafío Más Allá de la Normativa Chilena

There is no translation available.

   En Chile, a pesar de la norma de emisión de olores para planteles porcinos creada en 2022, los reclamos comunitarios por malos olores persisten.

   El artículo propone que las empresas complementen el cumplimiento legal con estrategias adicionales, como el análisis de causa raíz de quejas detalladas y la identificación de fuentes emisoras, apoyándose en datos meteorológicos y de emisiones para dar respuestas rápidas y efectivas a la comunidad.

A. Rivera

 Universidad de Concepción. Región de Valparaíso, Quillota, Chile.
 alvriveracac@outlook.com

   Conflictos de interés: El autor declara que no existe conflicto de intereses.

   Editor académico: Carlos N Díaz.

   Calidad del contenido: Este artículo científico ha sido revisado por al menos dos revisores. Vea el comité científico aquí.

   Citación: A. Rivera, 2025, Gestión de Reclamos Comunitarios en Planteles Porcinos Producto de Malos Olores, un Desafío Más Allá de la Normativa Chilena, Congreso OLORES25, Santiago, Chile, www.olores.org.

   Copyright: 2025 Olores.org. Los autores retienen la propiedad del copyright de sus artículos, pero los autores permiten a cualquier persona descargar, reusar, reimprimir, modificar, distribuir y/o copiar artículos del sitio web de olores.org, siempre que se citen los autores originales y las fuentes. No es necesario permiso específico de los autores o de los editores de esta web.

   ISBN: pendiente

   Palabras clave: Olores, Gestión de reclamos, Impacto por olores

Descargar presentación

Vídeo

 

Resumen

   En Chile se han producido diversos casos emblemáticos relacionados con episodios de olores que han causado conflicto por su molestia, afectando la calidad de vida de las personas. En el año 2022 se crea la primera norma de emisión de contaminantes para planteles porcinos. La norma llega a regular el rubro, pero no necesariamente a reducir las molestias por malos olores entre las comunidades. Este artículo tiene como objetivo demostrar que, aun cumpliendo con los límites establecidos por la normativa de olores chilena, los reclamos comunitarios persistirán, por lo que las empresas productivas deberán generar estrategias adicionales frente al surgimiento de efectos adversos para ambos. En resumen, los hallazgos revelan que, al margen de lo exigido por ley, es recomendable que las empresas puedan crear y mantener un correcto desarrollo de análisis causa raíz de los reclamos recibidos, identificando en su base, nombre de quien reclama, localización, distancia, fecha, hora y olor atribuible, para brindar una mejor y más rápida respuesta al reclamante. También se sugiere identificar las principales fuentes de emisión de potenciales reclamos complementando la información con datos meteorológicos públicos o de estaciones propias y/o de tasas de emisión de olores referenciales o actualizadas.

1. Introducción

   Desde hace décadas, se sabe que producto de las actividades humanas ya sea de forma directa o indirecta se generan olores que ocasionan molestias y daños a la salud de las poblaciones vecinas.

   Los olores son, entre los contaminantes atmosféricos, la principal causa de quejas de la población ante las autoridades locales (Capelli, Sironi, Del Rosso, & Guillot, 2013).

   Entre los efectos que los olores molestos generan en la salud de las personas encontramos: insomnio, mal humor, dolor de cabeza, irritación de las mucosas, estrés, náuseas y vómitos. Dichos efectos alteran la calidad de vida de las personas y, en consecuencia, su salud.

   En Chile se han producido diversos casos emblemáticos relacionados con episodios de olores que han causado conflicto por su molestia, afectando la calidad de vida de las personas. En relación con problemas ambientales que aquejan a la ciudadanía, los olores ocupan el segundo lugar de materias más denunciadas en la Superintendencia del Medio Ambiente. Desde su creación y hasta el 2020, cerca del 13% de las denuncias se relacionan con esta materia.

   Entre las actividades que muestran mayor presencia a nivel nacional y número de denuncias por olores, se encuentran los planteles de crianza y engorda de animales, las plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos, las plantas de tratamiento de aguas servidas, las fábricas de celulosa, y los sitios de disposición final de residuos. (DS9/2022, Chile).

   A partir de lo anterior, el Ministerio del Medioambiente crea en el año 2022 la primera norma de emisión de contaminantes para planteles porcinos (DS9/2022, Chile). Dicha norma califica a los planteles existentes como fuente emisora si cuentan con más de 750 animales sobre 25 kg, categorizándolos como pequeños, medianos y grandes. Además, genera límites de cumplimiento por categoría, en un plazo máximo de 4 años desde la entrada en vigor de la norma. La Fig. 1. detalla la categorización de planteles y sus distintos límites de cumplimiento.

 
 Fig. 1.  Categorización y requisitos de DS9/2023, Chile. Norma de emisión de contaminantes para
planteles porcinos. 

   Los limites de emisión de la norma se expresan en Tasa de Emisión de Olor (TEO) que corresponde a las unidades de olor por unidad de tiempo que emite una determinada unidad emisora, y que permite determinar las emisiones para todo tipo de unidades emisoras.

   La norma de emisión de contaminantes para planteles porcinos llega a regular el rubro, pero no necesariamente a reducir las molestias por malos olores entre las comunidades.Este articulo pretende demostrar que, aun cumpliendo con los límites establecidos por la normativa chilena, los reclamos comunitarios persistirán, por lo que las empresas productivas deberán generar estrategias adicionales ante la aparición de efectos adversos para ambos.

2. Metodología

  Se realizó un estudio observacional de tipo longitudinal entre septiembre del 2023 hasta junio del 2024 en empresa dedicada a la crianza y engorda de animales situada en territorio chileno. En adelante será mencionada como “Empresa Productora A”, la que cuenta con un plantel de crianza de cerdos al que llamaremos “Plantel C”, donde se desarrollan distintos procesos productivos dentro de la Región Metropolitana. El plantel C se encuentra dentro de la categoría de Mediano, albergando entre 25.000 y 50.000 cerdos mayores a 25 kg, de acuerdo con el DS9/2022, Chile. Antes de entrar en vigor la norma mencionada, la Empresa Productora A transformó su laguna anaeróbica en un sistema de digestión anaeróbico encapsulado, reduciendo la TEO en más de un 90%, cumpliendo con los límites establecidos para su categoría. Para justificar su reducción, la empresa realizó monitoreos mediante olfatometría dinámica según NCh 3190:2010, método autorizado por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y fue realizado en las condiciones más desfavorables. El estudio mantiene el anonimato tanto para la empresa productora de animales como para cada persona reclamante a fin de no afectar su confidencialidad.

   Se incluyeron todas aquellas comunidades locales cercanas al Plantel C de la Empresa Productora A, quienes enviaron sus quejas o inquietudes a través de distintos métodos de comunicación entre Comunidad-Empresa A entre septiembre del 2023 y marzo del 2024. Se recibieron reclamos de receptores entre 60 y 1.400 metros.

   Se consolidó la información en plataforma de recopilación de datos de “reclamos comunitarios” asociados a malos olores recibidos mediante correos, formularios de denuncias anónimas, redes sociales, llamadas telefónicas, mensajes, con la siguiente información: Nombre del reclamante; Fecha y hora del reclamo; Descripción del reclamo; Intensidad percibida (Descrita como leve, fuerte, muy fuerte); Fuente asociada al reclamo.

   A fin de dar respuesta a la interrogante planteada se definieron 3 variables del tipo cuantitativo simple:

  • Cantidad de reclamos, general y por reclamante
  • Hora de ingreso del reclamo a la plataforma
  • Mes de ingreso del reclamo a la plataforma

   Los resultados se digitalizaron en una base de datos Excel. Realizando análisis estadístico descriptivo definiendo el conteo de la variable reclamo en meses, rangos horarios y por reclamante.

3. Resultados y discusión

   Entre el periodo analizado se contabilizaron 83 reclamos, donde la mayor cantidad se realizó entre febrero y mayo del 2024 (verano-otoño) y noviembre 2024 (primavera) de acuerdo con la Fig. 2. Se pudo observar que se mantiene un activo uso de la plataforma y de la recepción de reclamos asociados al Plantel C, aun cuando dicho plantel posee características en su sistema de tratamiento que lo hacen cumplir con los límites establecidos de acuerdo con su categoría. Hay un aumento de los reclamos en 2024 respecto al periodo 2023, lo que puede ocurrir por mayor uso o conocimiento de la plataforma por parte de los reclamantes o por el cambio a periodo verano- otoño.

 Rivera 02
 Fig.  2.  Reclamos comunitarios periodo analizado por mes

   Desde la perspectiva de los horarios en que ocurren estos, es posible inferir que el 65% de los reclamos se concentran entre las 19-24 horas, y el 21% en el rango de 7-12 horas, el 14% restante se ubicó en los rangos de 1-6 y 13-18 horas, según Fig. 3. El 90% de los reclamos se concentra en horarios con menor velocidad de viento (menor a 2 m/s), según información entregada por estación meteorológica cercana a la red INIA.

 
 Fig. 3.  Reclamos comunitarios por rango horario

   El receptor R2 (60 metros) es el que más reclamos efectuó con 44, seguido por el R3 (70 metros) con 15, R4 (720 metros) con 7 y el R1 (600 metros) con 5 según Fig. 4, coincidiendo con la corta distancia de los receptores con mayor cantidad de reclamos, excepto de 1 a 6 horas, ya que en ese periodo las personas se encuentran dormidas.

 Rivera 04
 Fig. 4.  Cantidad Reclamos comunitarios por Receptor

4. Conclusiones

   Teniendo en cuenta los aspectos analizados se concluye que las Empresas productoras están obligadas a tomar medidas adicionales a las establecidas en la norma de emisión de contaminantes porcinos a fin de mejorar los efectos adversos que esto genere y por ende la convivencia con las diferentes comunidades.

   En resumen, los hallazgos revelan que, al margen de lo exigido por ley, es recomendable que las empresas puedan crear y mantener un correcto desarrollo de análisis causa raíz de los reclamos recibidos, identificando en su base, nombre de quien reclama, localización, distancia, fecha, hora y olor atribuible, para brindar una mejor y más rápida respuesta al reclamante.

   También se sugiere identificar las principales fuentes de emisión de potenciales reclamos complementando la información con datos meteorológicos públicos o de estaciones propias y/o de tasas de emisión de olores referenciales o actualizadas.

   Además, deberán incorporar tecnologías que permitan reducir la emisión odorante, como adicionar medidas de mitigación de olor tales como filtros o sistemas de neutralización de olor, filtros de olor o encapsulamiento de fuentes.

   Al final, hacer presente que la existencia de nuevas tecnologías en el sector porcino permitirá reducir los reclamos comunitarios. Se espera además que existan mejoras en la legislación chilena donde urge poder enlazar los planes reguladores comunales con las nuevas exigencias normativas, para no terminar erradicando el rubro agroindustrial.

   Teniendo en cuenta los aspectos analizados podemos concluir que:

  1. Medidas Adicionales para Empresas Productoras: Las empresas productoras deben tomar medidas más allá de las establecidas por la normativa de emisión de contaminantes porcinos. Esto es crucial para mitigar los efectos adversos y mejorar la convivencia con las comunidades.
  2. Análisis Causa Raíz y Respuesta Eficiente: Además de cumplir con la ley, se recomienda que las empresas realicen un análisis exhaustivo de los reclamos recibidos. Esto implica registrar detalles como el nombre del reclamante, ubicación, distancia, fecha, hora y atribución del olor. Así podrán ofrecer respuestas más rápidas y efectivas.
  3. Identificación de Fuentes de Emisión y Datos Complementarios: Es importante identificar las principales fuentes de posibles reclamos. Esto se puede complementar con datos meteorológicos públicos o de estaciones propias, así como tasas de emisión de olores actualizadas.
  4. Tecnologías para Reducir la Emisión Odorante: Las empresas deben considerar tecnologías que reduzcan la emisión de olores. Esto podría incluir filtros, sistemas de neutralización o encapsulamiento de fuentes.
  5. Nuevas Tecnologías y Legislación: La adopción de nuevas tecnologías en el sector porcino contribuirá a disminuir los reclamos comunitarios. Además, es fundamental que la legislación chilena vincule los planes reguladores comunales con las exigencias normativas para no afectar negativamente la industria agroindustrial.

5. Referencias

   Capelli, L., Sironi, S., Del Rosso, R. & Guillot, J.-M. (2013). Measuring odours in the environment vs. dispersion modelling: A review. Atmospheric Environment, 79, 731-743. doi:10.1016/j.atmosenv.2013.07.029

   DS9/2022, Chile. “Norma de emisión de contaminantes en Planteles porcinos que, en función de sus olores generan molestia y constituyen un riesgo a la calidad de vida de la población”.

   NCh3190/2010, Chile. “Calidad del aire - Determinación de la concentración de olor por olfatometría dinámica”.

 

 

Todo el contenido en esta web está sujeto a la Licencia de Acceso Abierto.